Va de multas y de lingüística
4 participantes
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Va de multas y de lingüística
Esta mañana me han pasado esta información, os la copio por si a alguno le puede interesar:
Información interesante:
Esquivar una multa en Cataluña resulta relativamente sencillo, sobre todo si el motivo de la sanción es un mal estacionamiento. Sólo hay que comprobar si la señal de tráfico de prohibido aparcar, zona azul o cualquier otra está escrita exclusivamente en catalán. Si es así (cosa que ocurre en el 100% de los casos), la batalla está ganada.
El único tramite a realizar es recurrir la penalización arguyendo el incumplimiento de los artículos 56 y 138 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, relativos al idioma de las señales. Ambos apartados normativos obligan a que «las indicaciones escritas de las señales de tráfico se expresen al menos en el idioma
oficial del Estado» -Artículo 56-.
La norma establece que esa señalización en la vía pública «figure en idioma castellano, y además, en la lengua oficial de la Comunidad Autónoma cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha Comunidad» -Artículo 138-. El Ayuntamiento incumple esta normativa estatal en pro de la causa lingüística y prefiere renunciar a cobrar las multas recurridas por este concepto a rotular en castellano las señales.
Transmítelo para ampliar el conocimiento legislativo y mejorar en las técnicas de respuesta del ciudadano al consistorio.
Información interesante:
Esquivar una multa en Cataluña resulta relativamente sencillo, sobre todo si el motivo de la sanción es un mal estacionamiento. Sólo hay que comprobar si la señal de tráfico de prohibido aparcar, zona azul o cualquier otra está escrita exclusivamente en catalán. Si es así (cosa que ocurre en el 100% de los casos), la batalla está ganada.
El único tramite a realizar es recurrir la penalización arguyendo el incumplimiento de los artículos 56 y 138 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, relativos al idioma de las señales. Ambos apartados normativos obligan a que «las indicaciones escritas de las señales de tráfico se expresen al menos en el idioma
oficial del Estado» -Artículo 56-.
La norma establece que esa señalización en la vía pública «figure en idioma castellano, y además, en la lengua oficial de la Comunidad Autónoma cuando la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha Comunidad» -Artículo 138-. El Ayuntamiento incumple esta normativa estatal en pro de la causa lingüística y prefiere renunciar a cobrar las multas recurridas por este concepto a rotular en castellano las señales.
Transmítelo para ampliar el conocimiento legislativo y mejorar en las técnicas de respuesta del ciudadano al consistorio.
Re: Va de multas y de lingüística
Interesante , pero que muy interesante.
Saludos INMOTO, a ver si organizamos alguna clase , profe.
Saludos INMOTO, a ver si organizamos alguna clase , profe.
MARMOTA- Miembro Equipo Organizador
- Cantidad de envíos : 1549
Fecha de inscripción : 08/04/2009
Localización : BEGUES
Re: Va de multas y de lingüística
Gracias Inmoto, muy interesante esta información.
V's
V's
Skynyrd- Valiosa adquisición
- Cantidad de envíos : 50
Fecha de inscripción : 19/01/2010
Localización : Bcn
Re: Va de multas y de lingüística
Muy interesante, Inmoto, gracias por la información.
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mirinda- Valiosa adquisición
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